Diseño Industrial - General
Es toda FORMA EXTERNA O APARIENCIA ESTETICA de elementos funcionales o decorativos que sirven de patrón para su producción en la industria, manufactura o artesanía; con características especiales de forma que le dan valor agregado al producto y generan diferenciación y variedad en el mercado. La modalidad de protección se denomina REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIAL
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QUÉ SE PUEDE REGISTRAR
Cualquier forma BIDIMENSIONAL O TRIDIMENSIONAL.
Se considera como diseño bidimensional a los dibujos, colores, texturas, incorporados en un material plano; también los planos para el desarrollo o plegado de empaques.
Tridimensional es todo volumen que ocupa lugar en las tres dimensiones X, Y, Z y por lo tanto posee Ancho (X) Altura (Y), y profundidad (Z).
QUE NO ES REGISTRABLE
las obras de arte (pinturas, esculturas, instalaciones), los libros, software, mecanismos o procesos; todo diseño o forma que atente contra la moral o el orden público y los elementos o máquinas cuya forma sea inherente a la función que realiza sin aporte de diseño.
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Para solicitar un Registro de Diseño Industrial, el diseño debe ser NUEVO UNIVERSALMENTE (NOVEDAD) .
- No debe tratarse de una modificación o que posea DIFERENCIAS MÍNIMAS O SECUNDARIAS con alguna otra creación ya conocida
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La forma o estética de cualquier elemento o artículo debe tener aporte del Diseñador.
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No ser una forma común.
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No ser de conocimiento público por algún medio o registrada en otro país.
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No debe tratarse de marcas.
Tomado de: http://sic.gov.co
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